El
Faro y su Brillante Luz de La Gran Audiencia de Charcas (hoy República de
Bolivia): El Impacto de los Juristas de Ciudad de La Plata en el
Constitucionalismo Sudamericano
Escrito
por: Marco A. Ayllón Bueno
Introducción
La
construcción jurídica e institucional de las nacientes repúblicas sudamericanas
a principios del siglo XIX no fue un fenómeno espontáneo ni una mera copia de
modelos anglosajones o europeos. Tuvo un centro ideológico y matriz de
pensamiento netamente continental: La Gran Audiencia de Charcas (hoy
República de Bolivia). A través de las aulas de la Universidad Mayor, Real
y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, se formaron las mentes más
brillantes que estructuraron el andamiaje legal, redactaron las primeras cartas
magnas y dieron orden político y judicial a naciones como Argentina, Chile,
Perú y la propia Bolivia. Lejos de ser una región aislada, La Gran Audiencia de
Charcas operó como el cerebro constitucional del Cono Sur y la fuerza
intelectual indispensable para transitar de la colonia al Estado de Derecho.
1.
La Academia de Practicantes de Jurisprudencia: El Semillero de la Libertad
Para
dimensionar el impacto de los juristas de La Gran Audiencia de Charcas (hoy
República de Bolivia), es imperativo analizar la Real Academia de Practicantes
de Jurisprudencia de la ciudad de La Plata o Chuquisaca, fundada en el siglo
XVIII. Este espacio no solo enseñaba el derecho indiano o la legislación de
Toro, sino que se convirtió en un laboratorio secreto de debate político donde
se analizaban las ideas de la Ilustración, el contrato social de Rousseau y las
bases del derecho público moderno. Los abogados graduados en Chuquisaca
desarrollaron una agudeza interpretativa única (conocida en la época como el
"silogismo altoperuano"), la cual sirvió para cuestionar la
legitimidad del orden virreinal español en 1809 y justificar legalmente el
derecho de los pueblos americanos a gobernarse a sí mismos mediante juntas
autónomas.
2.
La Impronta Intelectual en las Provincias Unidas del Río de la Plata
El
influjo de los doctores de Chuquisaca en el ordenamiento político y judicial de
la naciente Argentina fue total. Intelectuales de la talla de Mariano Moreno,
Juan José Castelli y Bernardo de Monteagudo, todos moldeados por el pensamiento
charquino, fueron los redactores de las primeras proclamas de la Revolución de
Mayo de 1810 en Buenos Aires. Posteriormente, en el histórico Congreso de
Tucumán de 1816 —donde se declaró formalmente la independencia de las
Provincias Unidas—, una parte sustancial de los diputados firmantes eran
doctores egresados de Chuquisaca representando a las provincias de La Gran
Audiencia de Charcas (hoy República de Bolivia). Estos juristas aportaron el
rigor legal y la filosofía de Estado necesarios para redactar los estatutos provisionales
y los primeros proyectos constitucionales que intentaron pacificar y
estructurar los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Río de la Plata.
3.
El Constitucionalismo en el Pacífico y el Modelo de 1826
La
influencia jurídica de La Gran Audiencia de Charcas (hoy República de Bolivia)
también se extendió hacia el oeste y el norte del continente. Juristas de
formación chuquisaqueña asesoraron los primeros debates parlamentarios en Chile
y el Perú. El ejemplo cumbre de esta vanguardia legal se consolidó en la
Constitución Vitalicia de 1826, redactada originalmente para Bolivia pero
adoptada inmediatamente por el Perú. Este texto, fuertemente influenciado por
los magistrados locales de Charcas que colaboraron con el proyecto del
Libertador, introdujo un modelo institucional pionero: un Poder Ejecutivo
fuerte que garantizaba la estabilidad civil frente a la anarquía militar, un
Poder Judicial independiente basado en la inamovilidad de los magistrados, y un
Poder Electoral innovador que buscaba democratizar las bases de la
representación ciudadana.
Conclusión
La
historia del derecho hispanoamericano está incompleta si se ignora que las
bases del constitucionalismo del Cono Sur se redactaron con la tinta de los
doctores de La Paz, Potosí y de Chuquisaca. La Gran Audiencia de Charcas
(hoy República de Bolivia) no solo defendió su libertad con las armas en una
epopeya de dieciséis años, sino que exportó la arquitectura legal y los
principios de soberanía nacional que permitieron fundar los nuevos Estados.
Reconocer este legado intelectual es un acto de estricta justicia
historiográfica; demuestra que el pensamiento jurídico boliviano no fue
receptor pasivo de las leyes de sus vecinos, sino el faro doctrinal y el
ordenador constitucional que guio el nacimiento institucional de Sudamérica.
Bibliografía
Fuentes
Primarias y Documentales de la Época
- Universidad de San Francisco
Xavier. (1800-1810). Libros de
Matrículas, Grados y Actas de la Real Academia de Practicantes de
Jurisprudencia de Chuquisaca. Archivo y Biblioteca Nacionales de
Bolivia (ABNB), Sucre.
- Moreno, Mariano. (1810). Escritos Políticos y Económicos: Escritos sobre la
soberanía y los derechos de los pueblos. Buenos Aires. (Textos
doctrinales fundamentados en las tesis jurídicas de Charcas).
- Congreso de Tucumán. (1816). Redactor del Congreso Nacional de las Provincias Unidas
del Río de la Plata. Buenos Aires: Imprenta de la Independencia. (Actas
oficiales que documentan los debates constitucionales liderados por los
diputados charquinos).
Fuentes
Secundarias
- Francovich, Guillermo. (1948). El pensamiento universitario de Charcas: colonial y
moderno. Sucre: Universidad de San Francisco Xavier.
- Mesa Gisbert, Carlos D., de Mesa,
José, & Gisbert, Teresa. (2012). Historia
de Bolivia. La Paz: Editorial Gisbert.
- Roca, José Luis. (2007). Ni con Lima ni con Buenos Aires: La formación de un
Estado nacional en Charcas. La Paz: Plural Editores.


